CESIÓN DE DERECHOS Ó CESIÓN POR FALLECIMIENTO

El Empresario puede ceder los derechos de su Contrato a otra persona natural o jurídica, siempre y cuando ésta no sea o haya sido Empresario, Coempresario de OMNILIFE, casado con un Empresario o dependiente de él, o que tenga participación en una corporación o sociedad relacionada con OMNILIFE.

📌Quienes pueden recibir una cesión de derechos/fallecimiento:

*Su Coempresario/a. Cuando el Empresario/a y el Coempresario/a deciden cambiar de roles o el titular fallece.
*Una Persona Física. Cuando al Empresario/a ya no le interesa el negocio de Omnilife o el titular fallece.
*Una Persona Moral. Se da principalmente por razones fiscales de los Empresarios/as, considerando lo siguiente:
  1. Está prohibido que el nombre de la razón social contenga la palabra OMNI, Omnilife y/o  nombres de los productos por ser marcas registradas.
  2. Está prohibido que cualquiera de los socios/as sea ó haya sido Empresario/a Independiente y/ó Coempresario/a, salvo que sea el Coempresario/a del Empresario/a que realizaría la cesión, quien solicite el cambio.

     (Fechas de aplicación del 01 al 4 y del 16 al 18 de cada mes)

🗒️Documentos:

✅Formato de Contrato de Cesión De Derechos Y Obligaciones debidamente diligenciado y autenticado por notaria (Cedente, Cesionario y los testigos).
✅Fotocopias de las cedulas del Cedente, Cesionario y los testigos.
✅Formato Actualización de Datos para Cesión de derechos o por fallecimiento.
✅Rut. (opcional).
✅Certificación bancaria. (opcional).
✅Acta constitutiva y cámara de comercio. (Este documento es cuando se realiza el proceso de cesión para una empresa).



💡IMPORTANTE:

  • El CEDIS debe recibir y verificar el Contrato de Cesión de Derechos y la documentación que presenta el Empresario/a venga diligenciado de forma correcta. 
  • La fecha de ingreso debe ser la misma que aparece en corbiz.
  • Se le debe mencionar al Empresario/a cedente, podrá inscribirse nuevamente como Empresario/a y/ó Coempresario/a seis meses después de haberse realizado la Cesión de Derechos.
  • No podrá recibir una cesión de derecho de otro Contrato de Distribución.
  • No le podrán otorgar Carta Poder para realizar compra a nombre de otros Empresarios/as.
  • La autenticación de firmas no debe ser mayor a 30 días calendario.
  • En el correo deben adjuntar el siguiente cuadro debidamente diligenciado:

CESIÓN DE DERECHOS

(Personas Físicas)

CEDENTE, CESIONARIO E INFORMACIÓN GENERAL

REVISADO:

Recibido en original y físico

 

Nombre de cedente completo y correcto en la CESIÓN (cotejar con su ID)

 

Nombre de cesionario completo y correcto en la CESIÓN (cotejar con su ID)

 

Nombre de cedente completo y correcto en CORBIZ (cotejar con su ID)

 

Código completo y correcto en la CESIÓN

 

Fecha de alta de código correcta en la CESIÓN

 

Si el cedente ha tenido otros contratos agregarlos

 

Si cesionario ha tenido otros contratos agregarlos

 

Si cedente ha sido coeO en otros contratos agregarlos

 

Si cesionario ha sido coeO en otros contratos agregarlos

 

Están llenos todos los campos de la CESIÓN, sin tachaduras ni enmendaduras y no tiene más 1 mes de haberse elaborado

 

Nombres completos en hoja de firmas (cotejar con las Id)

 

Incluye la ratificación de las 4 firmas por un notario.

 

La ratificación tiene menos de 1 mes de antigüedad

 

Incluye la Id de todos los que firmaron

 

Incluye el Anexo A

 

Si tiene temas de Ética indicar el # de nota

 

Adicional para PERSONAS MORALES

REVISADO:

Verificar que el trámite lo realice el representante legal (si el cedente es la empresa)

 

Incluir acta constitutiva para revisión (si el cesionario es la empresa)

 

En hoja de firmas colocar el nombre de la empresa y la firma del representante legal en el campo que corresponda (según sea cedente o cesionario)

 




CESIÓN DE DERECHOS POR FALLECIMIENTO:
    (Fechas de aplicación del 01 al 4 y del 16 al 18 de cada mes):

    🗒️Documentos:

  • Formato de Solicitud de Cambio de titular por fallecimiento.
  • Registro Civil de Defunción.
  • Fotocopias de las cedulas de los involucrados.
  • Formato Actualización de Datos para Cesión de derechos o por fallecimiento
  • Rut (Opcional).
  • Certificación bancaria (Opcional).
NOTA: en caso de que el código no tenga codistribuidor, se debe presentar el testamento donde se notifique el heredero del código, si no hay este documento, se debe presentar un juicio de sucesión.

  • En el correo deben adjuntar el siguiente cuadro debidamente diligenciado:

CAMBIO DE TITULAR POR FALLECIMIENTO (con CoeO activo)

EO FALLECIDO Y COEO

REVISADO:

Recibido en original y físico

 

Nombre de eO fallecido completo y correcto en FORMATO (cotejar con su acta de defunción)

 

Nombre de coeO completo y correcto en FORMATO (cotejar con su ID)

 

Nombre de eO fallecido completo y correcto en CORBIZ (cotejar con su acta de defunción)

 

Código completo y correcto en FORMATO

 

Fecha de alta de coeO correcta

 

Si EO fallecido tuvo otros contratos agregarlos:

 

Si coeO ha tenido otros contratos agregarlos:

 

Si EO fallecido fue coeO en otros contratos agregarlos:

 

Si coeO ha sido coeO en otros contratos agregarlos:

 

Están llenos todos los campos sin tachaduras ni enmendaduras y el trámite tiene menos de 1 mes de antigüedad

 

Nombres completos en campo de firmas (cotejar con Id)

 

Firmas son semejantes a las de sus Id. *Para Colombia se requiere ratificación de las 3 firmas.

 

Incluye las Id de todos los que firmaron

 

Incluye acta de defunción

 

El alta de coeO es anterior a la defunción

 

Incluye el Anexo A

 

Si tiene temas de Ética indicar el # de nota

 

Adicional para casos sin Coempresario

REVISADO:

Entregar el interesado testamento para revisión, de no haber testamento, deberá iniciar juicio intestamentario

 

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